Menu Principal
ACUERDO Nº 007
Diciembre 14 de 2007
POR MEDIO DE LA CUAL SE ADOPTA EL MANUAL DE CONVIVENCIA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA INTEGRADA MONTELIBANO DE EL COPEY CESAR.
El consejo directivo de la institución educativa integrada Montelibano, en ejercicio de sus funciones, acorde a lo establecido por la ley 115 de febrero siete (7) de mil novecientos noventa y cuatro (1994), el literal C. del articulo 23 del decreto 1860 de agosto tres (3) de 1994 y.
CONSIDERANDO
Que es función del consejo directivo adoptar el manual de convivencia de la institución.Que en la institución existe un manual de convivencia, que requiere ser actualizado; dada la ampliación que se dio en la, a los niveles de básica secundaria y media, y al proceso de fusión de escuelas y colegios adelantado por la secretaria de educación, cultura y deportes del departamento.Con fundamento en lo anterior.ACUERDA
ARTICULO PRIMERO. Adóptese el manual de convivencia de la lNSTITUCIÓN EDUCATIVA INTEGRADA MONTELIBANO DE EL COPEY CESAR, el cual consta del siguiente contenido.
CAPITULO I
REFERENTE TEÓRICO
ARTICULO PRIMERO-
En el respeto a los derechos fundamentales del individuo consagrados en él titulo segundo de nuestra carta política, dándole preponderancia a los derechos de los niños, pero teniendo presente que el disfrute de los derechos, tiene su sustento en el cumplimiento de los deberes y el respeto a los derechos de los otros.
CAPITULO II
DEL CARÁCTER DE ALUMNOS
ARTICULO SEGUNDO-
ARTÍCULO TERCERO-
ARTICULO CUARTO-
CAPITULO III
DE LOS FINES Y PRINCIPIOS
ARTICULO QUINTO-
El pleno desarrollo de la personalidad, sin mas limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico, dentro de un proceso formación integral, física, psíquica, intelectual, Moral, ética, afectiva, cívica, y demás valores humanos.La formación en el respeto a la vida y a los demás derechos humanos, a la paz, a los principios democráticos, de convivencia, pluralismo justicia, solidaridad y equidad, así como de la tolerancia y la libertad.La formación para facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan, en la vida económica, política, administrativa y cultural de la nación.La formación en el respeto a la autoridad legítimamente constituida y a la ley, a la cultura nacional, a la historia colombiana ya los símbolos patrios.La adquisición y generación de los conocimientos científicos y técnicos más avanzados, humanísticos, históricos, sociales, geográficos y estéticos, mediante la apropiación de hábitos intelectuales adecuados para el desarrollo del saber.El estudio y la comprensión critica de la cultura y de la diversidad cultural y étnica del país, como fundamento de la unidad nacional y de su identidad.El acceso al conocimiento, a la ciencia la técnica y demás bienes y valores de la cultura, el fomento de la investigación y él estimulo a la creación artística en sus diferentes manifestaciones.La creación y fomento de una conciencia de la soberanía nacional para la práctica de la solidaridad y la integración con el mundo, en especial con Latinoamérica y el caribe.El desarrollo de la capacidad critica, reflexiva y analítica que fortalezca el avance científico y tecnológico nacional, orientado con prioridad al mejoramiento cultural y de la calidad de vida de la población, a la participación en la búsqueda de alternativas de solución a los problemas del progreso social y económico del país.La adquisición de una conciencia para la conservación, protección y mejoramiento del medio ambiente, de la calidad de la vida, del uso racional de los recursos naturales de la prevención de desastres, dentro de una cultura ecológica y del riesgo y la defensa del patrimonio cultural nacional.La formación en la práctica del trabajo mediante los conocimientos técnicos y habilidades así como en la valoración del mismo como fundamento del desarrollo individual y social.La formación para la promoción y preservación de la salud y la higiene la prevención integral de problemas socialmente relevantes, la educación física, la recreación, el deporte y la utilización adecuada del tiempo libre.La promoción en la persona y en la sociedad de la capacidad para crear, investigar, adoptar la tecnología que se requiere en los procesos del desarrollo del país y le permita al educando ingresar al sector productivo.
CAPITULO IV
DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
ARTICULO SEXTO-
Asistir diariamente y puntualmente a las clases según el horario establecido y permanecer en el plantel durante la jornada académica.Hacer entrega oportuna de los trabajos, así como traer los materiales asignados acorde con el horario correspondiente a la jornada escolarConcurrir a las formaciones, los salones y el patio de recreo, cuando lo indique el toque del timbre, campana o cualquier otro mecanismo de señalización adoptado por la institución.Cumplir con la asistencia a los actos de la comunidad educativa, para los cuales sean citados, Por el cuerpo de profesores y/o administración del plantel.Guardar compostura en las formaciones y demás actos donde participen en representación de la institución así como en el aula de clases, donde deberán mantener una postura correcta, que no estimule insinuaciones irrespetuosas. por parte de los miembros de la comunidad educativa Evitar el trato e insinuaciones morbosas con los miembros de la comunidad educativa.Guardar el debido respeto en el trato y referencias al rector, coordinadores, profesores, personal administrativo y compañeros.Guardar una presentación personal adecuada y portar el uniforme correspondiente a cada día, libre de accesorios exagerados, sin maquillaje o joyas en las actividades académicas y complementarias.Cumplir las órdenes impartidas por los profesores del establecimiento en lo referente a comportamiento y/o trabajo académico, siempre y cuando estas, se ajusten a lo dispuesto en el PEI. y en el presente manual.Disponer de los uniformes que establezca la institución, para el desarrollo de las diferentes actividades, de carácter académico o complementario.Velar en todo momento por el buen nombre, el patrimonio material y cultural del plantel y responder por los elementos, materiales y equipos confiados a su cargo.Justificar en su debido momento las inasistencias a clases, informando por escrito al coordinador, acerca del motivo de las mismas.Llamar a sus compañeros, profesores, directivos y administrativos del plantel por su nombre y/o apellido evitando el uso de sobrenombres y apodos.Participar oportunamente en las actividades académicas programadas por sus profesores, aportando su colaboración donde fuese necesario, con miras al lograr los estándares de calidad propuestos por el Ministerio de Educación Nacional y la institución educativa.Abstenerse de hacer uso de equipos de comunicación (celular y similar), en los horarios destinados al desarrollo de las clases. Estos equipos soplo podrán utilizarse en los periodos de recreo, y en ningún caso la institución responderá por la perdida o deterioro de los mismos, dado que no se dispone de la logística requerida para ello Utilizar en forma adecuada las diferentes dependencias e instalaciones del plantel.Respetar los libros y documentos de compañeros, profesores así como el archivo de la institución.Respetar las creencias religiosas, políticas, culturales y demás valores de sus compañeros.Presentarse aseado al colegio, sin maquillaje joyas y/o adornos exagerados.Practicar los buenos modales y el vocabulario correcto en las relaciones con los compañeros, profesores, directivos docentes y administrativos que laboran en el plantel.Practicar el respeto por los símbolos y uniformes de la institución dentro y fuera de ella.Entregar a la administración del plantel todo elemento que encuentre dentro de la institución y no le pertenezca para que sea entregado a su dueño.Llevar al padre o acudiente en forma oportuna la información que envíe la institución.Seguir el conducto regular, para la solución de los problemas, que se presenten al interior de la institución; o en desarrollo de actividades en las cuales este representando a la misma.Contribuir a mantener el aseo y el orden dentro de la institución.Representar a la institución en actos deportivos, científicos, culturales, sociales, etc. a los cuales sean convocados por la institución.
PARÁGRAFO: los estudiantes podrán representar a otra institución o grupo deportivo, cultural o folclórico, solo en el caso en que nuestra institución no los convoque.
Participar en la elección de conciliadores de su grupo Portar el distintivo de conciliadores asignado para ellos.Los demás que determine el consejo directivo de la institución.
CAPITULO V
DERECHOS DE LOS ESTUDIANTESARTICULO SÉPTIMO-
Recibir y exigir enseñanza de buena calidad en la que se cumplan los programas y planes diseñados por el ministerio de Educación Nacional para cada uno de los niveles y grados. Con miras a lograr los estándares de calidad exigidos en las diferentes asignaturas.Conocer al iniciar el año escolar. Las programaciones académicas que se desarrollaran en las diferentes asignaturas, con sus respectivos logros, indicadores estándares y estrategias metodológicas propuestasRecibir trato respetuoso de parte de los directivos, profesores, compañeros, administrativos y demás miembros de la comunidad educativa.Conocer periódicamente los resultados de sus evaluaciones antes de que sean escritos en el boletín o en el informe final de cada periodo académico.Recibir de sus profesores las evaluaciones y trabajos debidamente calificados. Antes de consolidar las notas en el respectivo informe académico, ya sea el correspondiente a un periodo o el informe final.Derecho a que se le programen sus evaluaciones en fechas especiales cuando demuestre justa causa de su inasistencia refrendada por el coordinador académico o de disciplina oportunamente.Recibir del profesor nueva explicación cuando a su juicio y después de haber seguido con atención la explicación del profesor no halla sido captado o entendido el tema.El estudiante que represente a la institución en eventos culturales, deportivos o similares tendrá derecho a que se le programen las evaluaciones realizadas durante este tiempo en fechas especiales acordadas con el respectivo profesor.A estar informados de las decisiones tomadas por el gobierno nacional, departamental y municipal en torno a los asuntos educativos.A estar informado a tiempo de las decisiones tomadas por la dirección y coordinación del plantel, o cualquier órgano del gobierno escolar que afecten el desarrollo de las actividades académicas.Ser oídos en diálogos cordial y respetuoso por sus compañeros, profesores, personal administrativo y directivos docentes de la institución.Recibir en igualdad de condiciones las orientaciones necesarias para el desarrollo de las actividades escolares.Utilizar de manera responsable el material disponible en la institución, en las actividades académicas, deportivas y culturales.Exponer ante los docentes y directivos docentes sus problemas o dificultades académicas y disciplinarias buscando sean solucionadas.Exponer ante los superiores las situaciones que a su juicio puedan afectar la marcha de la institución y su buen nombre.Disfrutar de los servicios de que dispone el colegio tales como: Bibliotecas, laboratorios, material didáctico, canchas deportivas etc. Dentro de las normas que establezca la institución para cada caso.Solicitar su inscripción en los grupos académicos, culturales, artísticos y deportivos que se integran en la institución, siempre que las cualidades, calidades de los alumnos que soliciten, estén acordes a los requisitos exigidos por los directores o coordinadores de dichos grupos.Recibir los estímulos que ofrece la institución en caso que obtenga los méritos necesarios para ello. Representar a la institución en actos cívicos culturales, científicos, sociales y deportivos.Elegir y ser elegido como conciliador de su grupo y como miembro del gobierno escolar.
CAPITULO VI
RÉGIMEN DISCIPLINARIO
ARTÍCULO OCTAVO-
ARTICULO NOVENO-
Llegar tarde a la institución sin justa causa.Dejar de entonar los himnos durante los actos cívicos y demás actividades programadas por el colegio.Usar el uniforme y/o símbolos del colegio en días y horas que no sean de clases salvo que se trate de una actividad en la cual actúe en representación de la institución.Presentar las tareas o informes académicos, después de la fecha indicada por el profesor encargado de la asignatura, sin manifestar una justa causa para.Arrojar las basuras en sitios distintos a los señalados para tal fin.Desatender las explicaciones del profesor y distraer intencionalmente a los compañeros a los compañeros durante el desarrollo de las clases y/o demás actividades académicas.Consumir alimentos, golosinas (Chilets, y otros) y similares dentro del aula de clases durante el desarrollo de las actividades académicas.Realizar durante el desarrollo de la clase actividades diferentes a las programadas o convenidas para la respectiva hora y asignatura.Llegar a la institución luciendo una inadecuada presentación personal y de los útiles e implementos escolares.Interrumpir las clases con conversaciones o charlas improductivas.Permanecer dentro del aula de clases durante los períodos de recreo.Salirse del aula de clases durante el período correspondiente al cambio de asignatura o de docente.
ARTÍCULO DÉCIMO-
Utilizar un vocabulario soez, descomedido y grosero en el trato con los compañeros, profesores, directivos docentes, administrativos y demás miembros de la comunidad educativa.Ausentarse del aula de clases o de la institución, sin permiso previo de sus superiores.Promover desordenes en los salones de clases o en desarrollo de los actos generales en los cuales participe la comunidad educativa institucional.Usar maquillaje, adornos y joyas extravagantes (pirsing, esmalte, cabellos largos en los varones, aretes, cabellos pintados en los varones) dentro de la institución.Portar radios, grabadoras y equipos de telecomunicación dentro del plantel sin previa autorización del coordinador o el rector de la institución. Permiso que se concederá, solo cuando estos elementos, estén destinados al desarrollo de alguna actividad académica o complementaria.Cuestionar y protestar injustamente las decisiones de los Directivos, Docentes y Administrativos de la institución.Cometer dentro o fuera de la institución actos considerados como delictivos por el ordenamiento legal colombiano.Agredir de palabras y/o hecho a sus compañeros, profesores, directivos y administrativos de la institución.Alterar los libros de calificaciones, Asistencia, certificados de estudio o cualquier otro documento institucional.Fomentar la practica de los juegos de azar y suerte dentro del plantel, salvo aquellos que sean admitidos por el proyecto pedagógico de ocupación del tiempo libre y dentro de las horas destinadas para tal actividad.Portar y/o guardar cualquier tipo de arma dentro de la institución.Demostrar rebelión o desacato permanente a las órdenes superiores siempre y cuando estos estén acordes a lo definido en el PEI y en el presente manual.Promover reuniones dentro o fuera de la institución para fomentar desordenes y/o actos de rebeldía internos o callejeros.Portar revistas, estampas o escribir letreros pornográficos dentro de la institución.El hurto o el robo en cualquier cuantía.Atentar contra las propiedades de sus compañeros, profesores, directivos, administrativos de la institución.Presentarse al colegio en estado de embriaguez.Causar daño a las instalaciones locativas, muebles, enseres, material didáctico, equipos de oficina y demás propiedades de la institución, así como, a los lugares vecinos o aledaños al colegio.Consumir cigarrillos dentro de la institución.El consumo o porte de drogas alucinógenas o narcóticos, dentro o fuera de la institución.Atentar contra la vida de alguno de los miembros de la comunidad educativa u otro semejante dentro del plantel.Falsificar con cualquier fin, las firmas de sus compañeros, profesores, padres de familia, acudientes directivos, administrativos u otra persona natural o jurídica que se relacione con la institución Quedar embarazada durante el desarrollo del año lectivo.CAPITULO VII
DEL RÉGIMEN DE SANCIONES
ARTICULO DÉCIMO PRIMERO-
ARTICULO DÉCIMO SEGUNDO-
Amonestación por parte del profesor que tiene conocimiento de la falta, quien dejara constancia escrita, de dicho llamado, firmada por el alumno la cual debe conservar en su archivo personal.Amonestación por parte del director de grupo, fundamentada en la reiteración de la conducta y en la existencia del llamado de atención hecho por el docente.Amonestación por parte del coordinador y anotación en la hoja de vida u observador disciplinario del alumno, definiendo los compromisos que adquiere el estudiante, con miras a corregir y mejorar su comportamiento.Comparecencia del alumno con el padre o acudiente y anotación en el observador del alumno, definiendo los compromisos que adquieren las partes, con miras a corregir las conductas cuestionadas.Suspensión del alumno hasta por tres días, fundamentada en el incumplimiento de los compromisos adquiridos, y en la reiteración de las conductas violatorias del presente manualRetiro temporal hasta por él término de una semana, por persistir en el incumplimiento de los compromisos adquiridos, y reincidir en la comisión de faltas consagradas en el presente manual de acuerdo al seguimiento hecho al estudiante.Retiro temporal hasta por quince (15) días y matricula en observación por persistir en el incumplimiento de los compromisos adquiridos, y reincidir en la comisión de faltas consagradas en el presente manual de acuerdo al seguimiento hecho al estudiante.
Cancelación de la matricula previo concepto del consejo directivo. Fundamentada en el estudio del seguimiento académico y disciplinario hecho al estudiante.
ARTICULO DÉCIMO TERCERO -
Amonestación por parte del director y/o coordinador y anotación en la hoja de vida u observador del alumno. Las características de las faltas y los compromisos que se adquieren con el fin de mejorar el comportamiento del estudiante.Comparecencia del alumno a la institución con el padre o acudiente en presencia del coordinador a quien se le comunicará la situación presentada y se anotará en la hoja de vida u observador del alumno, los compromisos que adquieren las partes para mejorar el comportamiento.Suspensión del alumno hasta por tres días y motivada por el incumplimiento de los compromisos adquiridos y la reincidencia en la comisión de faltas consignadas en este manual.Retiro temporal del alumno hasta por una semana motivada en el seguimiento hecho al estudiante y en el incumplimiento de los compromisos adquiridos en lo referente al mejoramiento de su comportamiento.Retiro temporal del alumno hasta por él termino de quince (15) días hábiles y matricula en observación, motivada en el seguimiento hecho al estudiante y en el incumplimiento de los compromisos adquiridos en lo referente al mejoramiento de su comportamiento.Cancelación de la matricula previo concepto del consejo directivo, motivada en el seguimiento hecho al estudiante y en el incumplimiento de los compromisos adquiridos en lo referente al mejoramiento de su comportamiento.
PARÁGRAFO: cuando un estudiante sea sancionado, con retiro temporal o definitivo de la institución esta sanción debe hacerse mediante resolución motivada firmada por el coordinador, rector y/o el consejo directivo
ARTICULO DÉCIMO CUARTO-
Comparecencia del alumno ante el coordinador y el rector con el padre de familia o acudiente y suspensión temporal hasta por él termino de tres días hábiles al padre de familia se le dará a conocer la situación presentada, se le recomendará el tratamiento que se considere adecuado para el alumno y se informará a cerca del inicio de alguna acción judicial si esta fuere necesaria.Retiro temporal del estudiante hasta por él termino de una semana, llamado al padre o acudiente a quien se le notificará la situación presentada se le exigirá comportarse con el adecuado tratamiento y al alumno se le informará a cerca del inicio de acciones judiciales en su contra si fuere necesario.Retiro temporal del estudiante hasta por el termino de quince (15) días hábiles y matricula en observación, llamado al padre o acudiente a quien se le notificará la situación presentada se le exigirá comportarse con el adecuado tratamiento y al alumno se le informará a cerca del inicio de acciones judiciales en su contra si fuere necesario.
Cancelación de la matricula previo concepto del consejo directivo llamado al padre o acudiente a quien se le notificará la situación presentada se le exigirá comportarse con el adecuado tratamiento y al alumno se le informará a cerca del inicio de acciones judiciales en su contra si fuere necesario.
ARTICULO DÉCIMO QUINTO-
PARÁGRAFO-
PARÁGRAFO: cuando un estudiante sea sancionado, con retiro temporal o definitivo de la institución esta sanción debe hacerse mediante resolución motivada firmada por el coordinador, rector y/o el consejo directivo
CAPITULO VIII
DEL CONDUCTO REGULAR
ARTICULO DÉCIMO SEXTO: Se entiende por conducto regular en la administración a la serie de jefes, o autoridades en orden jerárquico mediante los cuales se tramita una queja, expediente o petición.
ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO: Conforme a lo dispuesto en el organigrama institucional la línea de autoridad de manera descendente la ejercen: El rector, los coordinadores académicos y de disciplina o de cada sede, los directores de grupo y los docentes.
PARÁGRAFO: El personal administrativo depende directamente de la autoridad del rector, y en el caso de los que trabajan en las diferentes sedes el rector delega esta autoridad en los coordinadores.
ARTICULO DÉCIMO OCTAVO: Toda queja, inconformidad o información relacionada con el manejo disciplinario que requiera tramitar los estudiantes o demás miembros de la comunidad educativa deben hacerlo ante el superior inmediato, en caso que la respuesta o solución no le satisfaga puede acudir a quien le siga en orden de autoridad.
ARTICULO DÉCIMO NOVENO: Las decisiones disciplinarias impuestas a los estudiantes son susceptibles de apelación ante el superior inmediato de quien impuso la sanción, dicha solicitud puede ser tramitada directamente por el estudiante o por el padre de familia o el director de grupo.
PARÁGRAFO: El superior inmediato de quien imponga una sanción disciplinaria, no podrá modificar esta hasta tanto no escuche y analice las razones que la motivaron, y posteriormente explique a quien la impuso las razones legales o de convivencia que justifiquen su modificación.
ARTÍCULO VEINTE: Para la aplicación del régimen de sanciones y su apelación el orden de autoridad en sentido descendente es el siguiente: Consejo Directivo, Rector, (Coordinadores académicos de disciplina o de cada sede), Directores de Grupo y Docentes de asignaturas.
CAPITULO IX
DE LOS ESTÍMULOS
ARTÍCULO VEINTIUNO: -
Izada del pabellón nacional por el estudiante de cada grupo, que se destaque por su rendimiento y aprovechamiento durante el desarrollo de las actividades académicas.Mención de honor para los estudiantes de cada grupo que se destaquen por su aprovechamiento, rendimiento académico, comportamiento, compañerismo o por sus habilidades en las actividades deportivas científicas, artísticas y culturales.Inscripción del nombre del estudiante en el cuadro de honor de la institución o del centro educativo del cual forma parte.Mención de honor al estudiante que se destaque en los resultados de las pruebas del estado (ICFES y SABER).Se estimulará con la exención del pago de los derechos académicos a los estudiantes que ocupen el primer lugar de cada grupo al final de cada año lectivo.
CAPITULO X
INASISTENCIAS PERMISOS Y EXCUSAS
ARTICULO VEINTIDÓS: -
ARTICULO VEINTITRÉS: -
ARTICULO VEINTICUATRO-
ARTICULO VEINTICINCO -
ARTICULO VEINTISÉIS -
ARTICULO VEINTISIETE -
ARTICULO VEINTIOCHO -
ARTICULO VEINTINUEVE -
CAPITULO XI
DE LOS UNIFORMES
ARTICULO TREINTA-
ARTICULO TREINTA Y UNO -
ARTICULO TREINTA Y DOS – El uniforme de diario para las niñas esta integrado por falda a cuadros azul, blusa blanca con el escudo de la institución en el bolsillo izquierdo, medias blancas y zapatos colegiales negro. Los varones deben lucir camisa por dentro del pantalón, blanca manga corta con el escudo del colegio en el bolsillo izquierdo; pantalón clásico azul turquí, medias blancas y zapatos colegiales negro. El uniforme deportivo lo integran una sudadera conforme a los colores definidos por la institución igual modelo para niños y niñas. Sudadera de color azul con el emblema y el escudo de la institución, camiseta azul con escudo del colegio, zapatos deportivos blancos y medias blancas. (Ver anexo)
ARTICULO TREINTA Y TRES_ el uniforme que done alguna entidad gubernamental o no gubernamental se usará de acuerdo a los horarios definidos por la institución.
ARTICULO TREINTA Y CUATRO – Los estudiantes no podrán portar prendas, collares o accesorios diferentes a los contemplados en el diseño del uniforme, salvo el uso de relojes apropiados, cuyo funcionamiento no afecten el normal desarrollo de las actividades académicas.
Las niñas para recogerse el cabello deben utilizar moñas discretas y en colores acordes al uniforme (blanco y/o azul).
CAPITULO XII
DEL GOBIERNO ESCOLAR
ARTICULO TREINTA Y CINCO -
ARTICULO TREINTA Y SEIS -
ARTICULO TREINTA Y SIETE -
ARTICULO TREINTA Y OCHO -
ARTICULO TREINTA Y NUEVE -
ARTICULO CUARENTA_ Cada grupo elegirá democráticamente dos conciliadores, un niño y una niña los cuales integran el grupo de conciliadores e la institución que se encargará de mediar conflictos entre compañero y ante sus superiores...
CAPITULO XIII
DE LOS PADRES DE FAMILIA
ARTICULO CUARENTA Y UNO -
ARTICULO CUARENTA Y DOS -
Velar por la puntual asistencia de sus hijos o acudidos en la jornada indicada por el colegio.Acudir a las citaciones que les haga la institución en el día y hora indicados.Velar por la adecuada presentación de sus hijos o acudidos en la institución.Presentar en orden la documentación de sus hijos ante la institución, para los fines pertinentes.Asistir a las asambleas de padres de familiaMantenerse a paz y salvo por todo concepto con la institución.Velar por el cumplimiento del reglamento interno y del manual de convivencia por parte de sus hijos o acudidos.Los demás que les asigne el consejo directivo.Tratar con respeto a los miembros de la comunidad educativa (docentes, directivos, administrativos y estudiantes) Asistir a la institución con una presentación personal adecuada.
CAPITULO XIV
DISPOSICIONES FINALES
ARTICULO CUARENTA Y TRES-
ARTICULO CUARENTA Y CUATRO -
ARTICULO CUARENTA Y CINCO -
ARTICULO CUARENTA Y SEIS-
ARTICULO CUARENTA Y SIETE-
ARTICULO CUARENTA Y OCHO-
ARTICULO CUARENTA Y NUEVE-
ARTICULO CINCUENTA -
ARTICULO CINCUENTA Y UNO-
ARTICULO CINCUENTA Y DOS -
ARTICULO CINCUENTA Y TRES -
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en el Copey Cesar a los catorce (14) días del mes de diciembre de dos mil siete (2007).
_______________________
Lic. Alberto Carrillo Guzmán
Rector
_______________________
Lic. Cesar Vargas Barbas
Rep. De los profesores
_______________________
Lic. Francia Orozco
Rep. De los profesores
_______________________
Elsi campo
Rep. Padres de familia
_______________________
Rubén Barreto Pareja
Rep. De los Alumnos
_______________________
Ena Cervera Ortiz
Rep. Padres de familia